📢 Un cambio que marca un antes y un después
El pasado 26 de mayo de 2025, el Juzgado de lo Mercantil nº 19 de Madrid dictó el Auto 708/2025, una resolución que revoluciona el mecanismo de la Ley de Segunda Oportunidad.
Por primera vez, un juez cancela íntegramente las deudas con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, sin aplicar el límite de 10.000 € que impone la Ley 16/2022.
Esto supone una noticia histórica para miles de autónomos, profesionales y particulares atrapados en deudas públicas que hasta ahora apenas podían aliviarse parcialmente.
⚖️ ¿Qué ha decidido el juez?
El magistrado Francisco José Soriano ha declarado inaplicable el artículo 489.1.5º del Texto Refundido de la Ley Concursal, que limita o excluye el crédito público en la Segunda Oportunidad.
¿La razón? Ese límite no supera el test de proporcionalidad que exige la Directiva (UE) 2019/1023 sobre reestructuración e insolvencia.
En otras palabras:
La ley española, tal como está redactada, no respeta plenamente el derecho europeo cuando impide o limita sin justificación la cancelación de deudas públicas.
🌍 Europa respalda la decisión
El juez se apoya en una resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 28 de abril de 2025, que afirma que la exclusión total o parcial del crédito público solo es posible si está debidamente justificada y es proporcional.
Esta interpretación abre la puerta a que otros jueces sigan el mismo criterio… y que más deudores puedan lograr una liberación financiera completa.
📊 Situación actual: tres corrientes judiciales
Actualmente, en España hay tres líneas de interpretación sobre las deudas públicas en Segunda Oportunidad:
- Aplicación estricta del límite de 10.000 € — La mayoría de juzgados aún lo mantienen.
- Exoneración parcial más amplia — Algunos permiten eliminar totalmente los primeros 5.000 € y el 50% del resto.
- Exoneración total — La postura más favorable, representada por este Auto 708/2025.
💡 ¿Qué significa para ti como deudor?
Si eres persona física, autónomo o pequeño empresario, esta sentencia puede suponer la posibilidad real de:
- Cancelar toda tu deuda con Hacienda y Seguridad Social.
- Salir definitivamente de ficheros de morosos como ASNEF o RAI.
- Recuperar tu tranquilidad y volver a empezar sin cadenas financieras.
📌 Conclusión
El Auto 708/2025 no es solo una buena noticia:
es un precedente que podría transformar la forma en que los tribunales aplican la Ley de Segunda Oportunidad, alineándola con los principios de la Unión Europea y garantizando una segunda oportunidad de verdad.
📞 ¿Quieres saber si este criterio puede aplicarse a tu caso?
En mi despacho estudio de manera personalizada tu situación y, si cumples los requisitos, puedo iniciar el procedimiento para lograr la cancelación total de tus deudas, incluidas las públicas.
Contáctame y empecemos hoy tu camino hacia una nueva vida sin deudas.
📍 Alejandra Bastidas Camacho
Abogada experta en Ley de Segunda Oportunidad e insolvencias
💼 Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) nº 142064