Ley de Segunda Oportunidad

Una herramienta legal que te permite cancelar tus deudas y empezar de nuevo.

En esta sección encontrarás las preguntas más frecuentes respondidas de manera sencilla y actualizada.

Es un mecanismo legal que permite a personas físicas, autónomos y pequeños empresarios cancelar total o parcialmente sus deudas y volver a empezar sin cargas financieras.
Está regulada en el Texto Refundido de la Ley Concursal, reformada por la Ley 16/2022 para simplificar el proceso.

Pueden hacerlo:

  • Personas físicas con deudas impagables.

  • Autónomos o pequeños empresarios en crisis.

  • Profesionales que han cerrado negocio o perdido ingresos.

👉 Requisito clave: ser deudor de buena fe (sin condenas por delitos económicos en los últimos 10 años, no declarado culpable en concurso, ni ocultar bienes o información).

  • Préstamos personales, tarjetas de crédito, microcréditos.

  • Deudas con bancos, financieras o particulares.

  • Deudas con Hacienda y Seguridad Social.

📌 Jurisprudencia reciente:

  • STS 450/2025 (20 de marzo): permite incluir deudas públicas ordinarias y subordinadas en la exoneración con plan de pagos.

  • Auto 708/2025 (JM nº19 de Madrid, 26 de mayo): abre la puerta a cancelar toda la deuda pública sin el límite de 10.000 €, aplicando la normativa europea.

Hasta hace poco, había un límite (10.000 € con AEAT y 10.000 € con TGSS).
Con el Auto 708/2025, los jueces pueden cancelar toda la deuda pública aplicando el criterio de primacía del Derecho de la UE.
👉 Esto significa que en 2025 es más posible que nunca liberarse también de Hacienda y Seguridad Social.

Si no tienes bienes ni ingresos embargables, tu concurso se tramita como concurso sin masa.
Esto permite una exoneración rápida, aunque no siempre de toda la deuda pública.
👉 Estrategia: presentar un plan de pagos simbólico para beneficiarte de los criterios judiciales más favorables (Auto 708/2025).

  • Concurso sin masa: 4 a 6 meses.

  • Con plan de pagos: 12 a 36 meses, según lo que apruebe el juez.

  • Concurso con masa ( con liquidación de bienes) tiempo de resolución 12 a 24 meses

  • Cancelación definitiva de deudas.

  • Fin de embargos y ejecuciones.

  • Salida de ficheros de morosos (ASNEF, RAI).

  • Recuperación del acceso a financiación.

  • Tranquilidad y la posibilidad real de empezar de nuevo.

Las deudas canceladas no vuelven a aparecer aunque mejores tu situación.
👉 El “borrón y cuenta nueva” es real y legal.

Sí. Es un procedimiento concursal técnico que requiere estrategia legal.
Un abogado especialista:

  • Aumenta las posibilidades de cancelar también la deuda pública.

  • Evita errores que pueden causar la denegación.

  • Te representa frente a acreedores y administraciones.

¿Quieres saber si puedes acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad?

👉 Cuéntame tu caso y te daré una respuesta personalizada.